Trabajo y nómina

Cuota de autónomos

Por Redacción Malunea · Modificado el · Fuentes: BOE, Seguridad Social

Tramo de rendimientos netos y cuota ordinaria de 2026. La tarifa plana de 80 € no sale en este resultado.

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La cuota ordinaria de 2026 es el 31,50 % de la base que elijas dentro de tu tramo. Ese 31,50 % suma el 28,30 % de contingencias comunes, el 1,30 % de contingencias profesionales, el 0,90 % de cese de actividad, el 0,10 % de formación profesional y el 0,90 % del MEI. Contingencias comunes, profesionales y MEI están en el artículo 18 de la Orden PJC/297/2026. Cese y formación, en el artículo 37. La base máxima, haga falta o no el tramo, es 5.101,20 €.

El tramo no mira la facturación. Mira el rendimiento neto mensual. Puedes escribirlo ya calculado. O puedes escribir el rendimiento neto anual, marcar el 7 % de gastos genéricos (o el 3 % si eres persona administradora con al menos el 25 % o socia con al menos el 33 %, artículo 305.2 y artículo 308) y los meses de alta. Doce meses es un año completo. Un alta en octubre no se divide entre doce.

En el ejemplo, 18.000 € de rendimiento neto, 7 % y doce meses dejan 1.395,00 € al mes, en la Tabla general, tramo 2. La cuota de la base mínima es 302,65 € y la de la máxima 472,50 €. Cualquier base entre las dos se multiplica por el mismo tipo. La pantalla lo hace si escribes una base dentro del tramo. Si te sales, avisa y no finge una cuota.

Esto no es la tarifa plana. Import@ss describe 80 € al mes durante doce meses para el alta inicial que cumple los requisitos, más el MEI, sobre la base mínima del tramo 1 de la tabla general (950,98 € en 2026). La guía del portal cita un total de 88,64 € que no reproducimos: el 0,90 % de 950,98 € son 8,56 €. El euro que van a cargar lo confirma el propio alta.

Tampoco están el sistema agrario, la reducción por incapacidad temporal cubierta en otro régimen, ni el reintegro de pluriactividad. El alta, el CNAE y la mutua se tramitan en Import@ss y el censo en la Agencia Tributaria, antes de empezar o el mismo día, con una antelación máxima de 60 días para la Seguridad Social. La cuota que salga aquí es la ordinaria del tramo, domiciliada cada mes, no el IVA repercutido ni el pago fraccionado del IRPF. Esos impuestos van por sus modelos. Si comparas esta cuota con el 6,50 % de un asalariado, recuerda que allí la empresa paga la mayor parte del tipo y aquí el tipo entero va a cargo de quien está en el RETA.

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